Grupo 808

abril 19, 2010

Conceptos jurídicos fundamentales

Por: Olegario Castellanos Guzmán

Después de haber visto la parte básica y fundamental de derecho, ahora nos toca adentrarnos al tema de los conceptos jurídicos fundamentales. Según Rafael Rojina Villegas los conceptos jurídicos fundamentales son aquellos que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica, y son:

· Supuesto jurídico y consecuencias de derecho
· Personalidad jurídica
· Capacidad jurídica
· Hecho jurídico y acto jurídico
· Derechos subjetivos
· Deber jurídico
· Sanción e ilícito

Supuesto jurídicos y consecuencias de derecho

El supuesto jurídico es la hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias establecidas por la norma. Las consecuencias a que da origen la reproducción del supuesto pueden consistir en el nacimiento, la transmisión, la modificación, o la extinción de facultades y obligaciones.

Por otro lado, la consecuencia de derecho es el efecto jurídico que está previsto por la norma de derecho, es decir en caso de que se cumpla o se lleve a cabo el supuesto jurídico (hecho jurídico) se procede a la consecuencia de derecho, la cual está condicionada por una hipótesis que, al realizarse, la lleva a cabo.

Un ejemplo sería: El que mata tendrá pena privativa de la libertad no menor de 6 ni mayor de 10 años. Si se cumple la condición anterior (hecho jurídico), la consecuencia de derecho vendría ser la pena a imponerse.

Personalidad jurídica

Podemos definirla como aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, la capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceras personas.

Se pueden observar dos tipos de personas: individuales y colectivas. Mientras que la primera es una persona física, de carne y hueso, la segunda es una persona jurídica o moral; esto significa que está formada por un colectivo de personas y que todas son representadas por un solo nombre o persona, la cual no es física, pero tiene los mismos derechos y obligaciones que una persona individual.

Citando ejemplos: Una persona individual puedes ser tú o puedo ser yo; y una persona moral o jurídica podría ser Cruz Azul S. A. de C. V., Universidad del Istmo, Playa Copalito S. C., etc.

Capacidad jurídica

Podemos definirla como la aptitud de la persona para adquirir derechos y obligaciones. Se presentan dos tipos de capacidad jurídica: la primera es la capacidad de goce, la cual es la aptitud de poder adquirir un derecho o una obligación. La segunda, es la capacidad de ejercicio, que es la aptitud de poder ejercer y llevar a cabo sus derechos y obligaciones.

El derecho otorga la capacidad jurídica a las personas, pero puede limitarlas a consecuencia de sanciones, minoría de edad o enfermedades mentales.

Derecho subjetivo

Podemos definirlo como la capacidad de hacer o no algo sin cometer algún delito y ser acreedor de una sanción, es decir, podemos no cumplir algo estipulado por la ley y no cometer algún delito, como ejemplo podemos mencionar a que cada persona puede tramitar su pasaporte para poder salir del país, pero la ley no nos obliga, podemos realizar o no ese trámite sin faltar a la ley.

Deber jurídico

Es la conducta que exige la ley, es decir, es la actitud que debemos de tomar ante la ley que nos rige. En otras palabras, es la restricción de la libertad exterior de una persona.

Sanción e ilícito

La palabra sanción tiene dos significados: el primero es aprobar lo que ya aprobaron otro órgano o persona, es decir, ratificar. El otro sentido se refiere a una pena o castigo que establece un sistema jurídico para el supuesto de que se incumpla con lo dispuesto en una norma (ilícito).

Hecho y acto jurídico

Los hechos jurídicos son acciones con consecuencias jurídicas. Se denominan naturales, ya que se generan espontáneamente, no por la voluntad humana. Ejemplo: La muerte, que da lugar a la sucesión.

Por su parte, los actos jurídicos son acciones con consecuencias jurídicas en virtud de la voluntad humana.

Para concluir, es muy importante conocer los conceptos jurídicos fundamentales, ya que podríamos correr el riesgo de interpretarlos de una manera diferente o simplemente desconocer de qué se trata. En nuestra vida diaria aplicamos al menos unos de todos los conceptos vistos anteriormente y es de gran ayuda conocer su significado y en qué situaciones se aplican.

Bibliografía

Álvarez Ledezma. Mario I.
2008 Conceptos jurídicos fundamentales, México, McGraw-Hill

Moto Salazar, Efraín y José Miguel Moto.
2007 Elementos de derecho, 50ª. Ed., México, Porrúa.

abril 16, 2010

Derecho informático

Por: Leticia Martínez Rodríguez

El derecho es muy importante, pues, como ya se ha dicho, se encuentra a lo largo de nuestras vidas. Para los estudiantes de la Licenciatura en Informática es importante su estudio, esto para conocer las normas jurídicas aplicables al uso de la informática.

El derecho se relaciona con la informática a través del derecho informático. Este toma dos enfoques diferentes para su estudio: la informática jurídica y el derecho de la informática.

La parte del derecho informático que se encarga de analizar a la informática como un instrumento es la informática jurídica, la cual es una técnica interdisciplinaria que tiene por objeto la automatización de la información jurídica, para diferentes fines: difusión, educación, gestión, etc.

Un ejemplo de aplicación de la informática jurídica son los sitios Web en los que se pueden compilaciones de textos legales.

La parte del derecho informático que se encarga de analizar a la informática como un objeto de estudio es el derecho de la informática. Este está formado por la legislación y la política aplicable a los hechos y actos que se deriven de la informática.

Un ejemplo de derecho de la informática son los artículos de los códigos penales que prevén los delitos informáticos.

En conclusión, el derecho ayuda a regular el uso de la información y aplicaciones que la informática desarrolla y utiliza para la difusión de los mismos.

Bibliografía

Pérez Luño, Antonio Enrique
2001 Ensayos de informática jurídica, 2a. ed, México, Fontamara.

Ríos Estavillo, Juan José
1997 Derecho e informática en México. Informática jurídica y derecho de la informática, México, UNAM.

Téllez Valdés, Julio
2004 Derecho informático, 3ªa ed., México, McGraw-Hill.

Clasificación del derecho

Por: Alfonso Castro López

El estudio del derecho implica también una especialización, pues desprende varias ramas, las cuales se ocupan de ciertas áreas en específico. Es así que, hay muchas clasificaciones del derecho; a continuación describiré algunas de ellas.

Derecho natural: Se enfoca al derecho que se le otorga a cada individuo por el simple hecho de existir. Son derechos que son innegables y universales para las personas. Un ejemplo de ello es la vida misma, la expresión, etc.

Derecho positivo: Se enfoca al derecho creado por los humanos como con las normas jurídicas, leyes, reglamentos, códigos, etc. Esto para la regulación de la convivencia entre las personas.

Derecho objetivo: Se enfoca al derecho formado por normas que rigen obligatoriamente la vida en sociedad, y además de imponer deberes también concede facultades.

Derecho subjetivo: Se enfoca a las autorizaciones a la voluntad de un individuo concreto, dada por una norma general, para que realice determinados actos en satisfacción de sus intereses.

Derecho público: Se enfoca a las normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares con el Estado, como pagar impuestos, servicio militar, etc. También regula las relaciones entre Estados, a través de los tratados, por ejemplo.

El derecho público se subdivide en ramas como derecho constitucional, derecho de amparo, derecho administrativo, derecho financiero, derecho penal, derecho procesal, derecho fiscal, derecho aduanero, derecho electoral, derecho notarial y registral, ente otras.

Derecho privado: Se enfoca a todas aquellas normas jurídicas que regulan las relaciones entre particulares. Un ejemplo de lo anterior sería el matrimonio.

El derecho privado cuenta con varias ramas como son derecho civil, derecho mercantil, derecho internacional privado, derecho bancario, derecho bursátil, etc.

Derecho social: Se enfoca al conjunto de normas jurídicas orientadas a la protección de los grupos vulnerables económica y socialmente, como discapacitados, homosexuales, niños, ancianos, indígenas, entre otras.

El derecho social tiene varias ramas como son derecho del trabajo, derecho de la seguridad social, derecho agrario, derecho ambiental, derecho económico, derecho del turismo y otras.

Todas las grandes ciencias existentes se dividen y clasifican tomando en cuenta su enfoque y su área de estudio, esto para que se resuelvan problemas específicos. Por esta razón, es importante la clasificación del derecho, ya que cada una de estas ramas se especializa en dar solución, regular y actuar en determinadas áreas.

Fuentes de consulta

Bibliografía

Álvarez Ledezma. Mario I.
2008 Conceptos jurídicos fundamentales, México, McGraw-Hill.

García Máynez, Eduardo
2000a Filosofía del derecho, 12a. ed., México, Porrúa.
2000b Introducción al estudio del derecho, 51a. ed., México, Porrúa.

Moto Salazar, Efraín y José Miguel Moto
2007 Elementos de derecho, 50a. ed., México, Porrúa.

Villoro Toranzo, Miguel
2005 Introducción al estudio del derecho, 19a. ed., México, Porrúa

Recursos electrónicos

2008 La Guía 2000. Derecho natural y derecho positivo.
[Documento WWW]
Recuperado http://derecho.laguia2000.com/parte-general/derecho-natural-y-derecho-positivo/

Las relaciones sociales y sus normas

Por: Rodolfo Luis Martínez

Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas. Las relaciones que se establecen entre personas son reguladas por ellas, las cuales definen y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber cómo actuar correctamente.

Podríamos definir a la norma como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece.

Una de las características más importantes en todo grupo social es su conjunto de normas, las cuales pueden ser formales y explícitas, que se encuentran escritas en códigos, o informales e implícitas, que no están escritas, pero son acatadas por los miembros del grupo.

Así, existen cinco tipos de normas que regulan a la sociedad:

1.- Normas técnicas: Nos sirven para poder lograr realizar una actividad adecuadamente, a través de una serie de pasos. Su sanción trae como consecuencia el fracaso. Ejemplo: Una receta de cocina.

2.- Normas religiosas: Son todas aquellas órdenes que un dios dicta para las personas, debiendo estas seguirlas al pie de la letra. Su sanción trae como consecuencia el premio o castigo en la vida eterna. Ejemplo: Los 10 mandamientos.

3.- Normas morales: Son los principios rectores que le indican a cada persona cuáles son las acciones buenas o malas, para hacerlas o evitarlas (esto depende de la persona). Su sanción trae como consecuencia el remordimiento. Ejemplo: Darle copia o no, a un compañero en un examen.

4.- Normas de etiqueta: Son todas aquellas reglas que impone un grupo social para poder compaginar con él. Su sanción trae como consecuencia el ridículo ante los demás miembros de ese grupo. Ejemplo: En las velas de Ixtepec, se acostumbra que los hombres lleven su riguroso cartón de cerveza.

5.- Normas jurídicas: Su principal objetivo es organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando las bases para su solución. Su sanción depende del acto que se cometa y es determinada por la autoridad. Ejemplo: La legislación que prevé y sanciona un robo a mano armada o asesinato en primer grado.


Bibliografía

Moto Salazar, Efraín y José Miguel Moto
2007 Elementos de derecho, 50a. ed., México, Porrúa.

abril 12, 2010

Las circunstancias del derecho

Por: Karen Maldonado Toledo

Como ya hemos visto, se ha definido anteriormente la palabra derecho y los diferentes sentidos en los que se puede aplicar, sin embargo, otro aspecto importante que debemos considerar son las circunstancias del derecho. Estos factores son importantes, porque en algunos casos condicionan la función, el desarrollo y los fines del derecho mismo. De ahí que se debe caracterizar al derecho como un fenómeno social, cultural, histórico, político y económico.

El derecho como fenómeno social: El derecho como fenómeno social es creado por el hombre, por lo que toma muy en cuenta las virtudes e imperfecciones del hombre y trata de regular las relaciones con los demás en la vida sociedad. Lo que busca es facilitar la convivencia social, que los individuos vivan en armonía y sobre todo que tengan seguridad.

El derecho como fenómeno cultural: El fenómeno cultural refleja el modo de ser de la sociedad, permite garantizar la supervivencia, además de que muestra sus valores, aspiraciones, virtudes y defectos, es decir, es lo modo de ser y de hacer de los individuos dentro de una sociedad.

El derecho como fenómeno histórico: Refleja el grado de civilización de cada sociedad, la manera en la que ésta se ha ido desarrollando, tomando en cuenta que el derecho puede evolucionar o involucionar. El fenómeno histórico muestra los ideales de la sociedad de cada época y lugar determinado.

El derecho como fenómeno político: Muestra las relaciones de poder en una sociedad y en consecuencia del tiempo, que no son más que las relaciones de los fenómenos de mando y obediencia. En el fenómeno político se utilizan mecanismos para hacer cumplir las leyes y así garantizar la eficacia, sin embargo, también busca la aceptación y legitimidad de la sociedad.

El derecho como fenómeno económico: El derecho es un instrumento que regula las transacciones económicas de una sociedad, es decir, el intercambio de bienes y servicios entre los individuos de una sociedad, así como las crisis económicas y el costo que implica la aplicación de una ley en un determinado momento.

Bibliografía

Álvarez Ledezma, Mario I.
2008 Conceptos jurídicos fundamentales, México, McGraw-Hill.